El trabajo legislativo de la Comisión de Gobernación fundamental en la Reforma Constitucional en Materia Política-Electoral

187

Las nuevas leyes y reformas constitucionales en materia política-electoral, aprobadas durante la LXII y LXIII Legislaturas, le dan al país la oportunidad de tener procesos electorales más vigilados, fiscalizados, equitativos y con una sociedad más informada, afirmó el senador Raúl Aarón Pozos Lanz.

 

El senador presidente de la Comisión de Gobernación destacó el impulso que dio este órgano legislativo para que fuera aprobada la Reforma Constitucional en Materia Política-Electoral, y que dio pauta para que el pleno cameral avalara las leyes generales de Partidos Políticos y la de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

 

Hoy se cuenta con un conjunto de leyes electorales aprobadas durante la LXII y LXIII Legislaturas para estar mejor informada y quienes aspiran a cargos de elección popular lo hagan de manera equitativa, reiteró el senador integrante del Grupo Parlamentario del PRI.

 

“Las nuevas leyes y reformas electorales le van a dar al país la oportunidad de contar con procesos más vigilados y sesiones bien planteadas, con la posibilidad de que todos quienes compitan electoralmente, lo hagan de manera más equitativa, que no haya particularmente la posibilidad de que, desmedidamente, unos puedan hacer más que otros”, remarcó en entrevista.

 

Esa nueva manufactura legislativa, explicó, tiene que ver con la participación informada de la sociedad, no solamente de las propuestas de quienes aspiren a ganar en una elección, si no más informada con respecto de todo el ejercicio de recursos, de herramientas y de materiales que se van a usar para ganar el voto ciudadano, entre otros aspectos.

 

“Nunca como ahora la fiscalización en el gasto de los recursos para el ejercicio de las campañas, ya no digamos lícita o ilícita, está más vigilado que nunca”, señaló.

 

Resaltó la fiscalización de las actividades anticipadas de campaña; los elementos que presuponen para eventualmente anular una elección; el rebase en el tope de gastos de campaña; así como la inequidad en la cobertura informativa de los medios de información, entre otras penalizaciones.

Hizo hincapié en que la Ley General de Partidos Políticos establece que éstos deben promover la participación del pueblo en la vida democrática de la nación; contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

 

En tanto, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), delimita de modo claro la estructura orgánica del Instituto Nacional Electoral, sus atribuciones y las previsiones necesarias en cuanto a métodos y procedimientos para la celebración de las elecciones para la renovación de los poderes Ejecutivo, Legislativo, de las entidades federativas y de los ayuntamientos.

 

Se refirió de igual maneraa la Ley Federal de Consulta Popular, cuyo objetivo es que un asunto sea de trascendencia nacional y contenga elementos que repercutan en la mayor parte del territorio nacional; que impacten una parte significativa de la población; que propongan la creación, modificación o eliminación de políticas públicas; que propongan legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las existentes, y las que determine el Congreso de la Unión.

 

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece, ahora, los procedimientos para garantizar el acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los tres niveles de gobierno.

 

O bien, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que garantiza el derecho de las personas a proteger sus datos personales en posesión de sujetos obligados en el ámbito federal, estatal y municipal; de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos, sindicatos y cualquier persona física o moral que ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los tres niveles de gobierno.

 

Con éste marco juridico-electoral, “hoy encontramos en los partidos políticos y en sus candidatos una preocupación y ocupación muy acentuadas sobre cómo y cuánto ejercer del recurso público y, bueno, la ciudadanía lo agradece; también es evidente que cada vez hay menos basura electoral que, de alguna manera, contamine visualmente lo bello de nuestras ciudades y de nuestros pueblos”, expuso el senador Raúl Aarón Pozos Lanz.

Los comentarios están cerrados.