Correcciones en el Reglamento de Tránsito de la CDMX

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Rodrigo Díaz González, asumió errores y se comprometió a adecuar ambigüedades

Vehículos sin anclaje no podrán circular por la banqueta

Ciudad de México. – La semana pasada se comentó por este medio las modificaciones en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México (CDMX) que entrarán en vigor el próximo 22 de abril. Ahí se expuso el tema de los vehículos no motorizados, los cuales son considerados aquellos que se pueden mover por el impulso humano o eléctrico, como las bicicletas y los monopatines eléctricos, donde la velocidad máxima que pueden alcanzar son los 25 km/h. Además, se destacó que estos vehículos podrían circular sobre las banquetas siempre y cuando no rebasasen los 10 km/h.

POLÉMICA

Lo anterior generó polémica en el sector peatón de la ciudad, que prácticamente es mayoría sobre los conductores de vehículos, y el más vulnerable a accidentes. Fue entonces que los vecinos de la colonia Hipódromo, encabezados por Rafael Guarneros señalaron que se implementaría un amparo contra el Reglamento de Tránsito ante el Tribunal de Justicia Administrativa, al considerar que las modificaciones en los lineamientos vulneran la seguridad de peatones.

“ES UN REGLAMENTO INAPLICABLE”

Rafael Guarneros es el Coordinador del Comité Fundacional de la Asociación Residentes Hipódromo, y en más de un año ha buscado que se respeten los derechos de los peatones. En entrevista recordó que se empezó a actuar cuando los vecinos mostraron inconformidad de tener bicicletas estorbando en las banquetas, salidas del metro, camellones, parques, áreas de minusválidos y posteriormente, en octubre pasado, cuando se implementaron los llamados scooters (monopatín eléctrico).

Bicicletas del programa ECOBICI. Fotografía: Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México

Guarneros resaltó que, los nuevos lineamientos del Reglamento de Tránsito tienen vicios e incongruencias que permiten que las empresas que rentan los vehículos sin anclaje trabajen en la impunidad, generando millonarias ganancias a costa de la seguridad pública. “Manosean la figura del peatón (…) están pervirtiendo el lenguaje para darle todo el espacio a las empresas para que sigan operando en la total impunidad”, señaló.

Referente a las modificaciones en el Reglamento de Tránsito de la CDMX, Guarneros dijo, “Es un reglamento inaplicable, es una deformación del lenguaje, para favorecer a las empresas de patinetas y bicicletas, y se vuelven a pisotear los derechos de movilidad del peatón”.

Por otra parte, criticó los conceptos inmersos en el reglamento, por considerar que no eran claros. Por ejemplo, dijo que el scooter se clasificó como un vehículo de apoyo peatonal, pero que en realidad se le debió catalogar como motorizado, ya que funciona con motor eléctrico, y cuestionó cómo es que se levantarían las infracciones a usuarios de scooters por rebasar la velocidad especificada en la banqueta.

“Cómo vas a medir la velocidad, necesitarías uno de esos aparatos que se usan en el béisbol que mide la velocidad de las pelotas (…) no hay forma de medir la velocidad (…) Cómo lo demuestras frente a un juez cívico, no hay forma”, argumentó Guarneros.

VEHÍCULOS ASEGURADOS

A través de trabajo en brigada, los vecinos de la colonia Hipódromo colocaron calcomanías en los códigos QR de los monopatines eléctricos con las leyendas “Vehículo asegurado” y “Agente agresor neutralizado”, con la finalidad de que la población diera cuenta de que el vehículo que rentaba era infractor de los Derechos del Peatón de la Ley de Cultura Cívica, Ley de Movilidad del Distrito Federal y Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.

Etiqueta de vehículo asegurado. Imagen: Rafael Guarneros

LINEAMIENTOS DE VEHÍCULOS SIN ANCLAJE

Después de la inconformidad en los nuevos estatutos del Reglamento de Tránsito, se publicaron el pasado 26 de marzo, los lineamientos para monopatines eléctricos y bicicletas sin anclaje.

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) capitalina expuso que la versión anterior del Reglamento de Tránsito, en el artículo 5, autorizó la circulación de vehículos recreativos en la banqueta, pero en las modificaciones efectuadas el 19 de marzo, hubo un error involuntario de incluir a los vehículos de apoyo peatonal.

“Para subsanar este error, y así evitar cualquier ambigüedad en la interpretación, la Secretaría de Movilidad propondrá una redacción más explícita dentro del Reglamento de Tránsito, en la cual se establezca que estos vehículos tienen prohibida su circulación en la banqueta (…) se establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otros dispositivos de apoyo a personas con discapacidad”, aclaró la SEMOVI.

Por otro lado, y a través de su cuenta de Twitter, el Subsecretario de Planeación de Movilidad de la CDMX, Rodrigo Díaz González, reiteró que los únicos vehículos eléctricos habilitados para circular en el espacio peatonal serán las sillas de ruedas u otros aparatos de apoyo a personas discapacitadas o con movilidad limitada, y que no rebasen los 10 km/h. Además, asumió la responsabilidad del error cometido y se comprometió a adecuar a la brevedad las ambigüedades en el Reglamento de Tránsito.

A su vez, Andrés Lajous dio a conocer los lineamientos de operación de los vehículos sin anclaje, en los que se resaltan:

  • Las bicicletas y monopatines podrán operar de 5:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo.
  • Las empresas tendrán que reubicar las unidades de servicios estacionadas fuera del área de operación siempre que no cuenten con un reporte de robo.
  • Las unidades no se podrán estacionar en franjas peatonales, de fachada y acceso a predios, cruces, rampas peatonales, estaciones de transporte público masivo.
Andrés Lajous en supervisión de intersecciones. Fotografía: Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México
Dónde dejar los vehículos sin anclaje. Imagen: Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México
Dónde no dejar vehículo sin anclaje. Imagen: Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México

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