Durante el último año, el Registro Civil de la Ciudad de México expidió 72 mil 804 actas de defunción, y las alcaldía donde se consignó el mayor número de fallecimientos fueron Cuauhtémoc y Álvaro Obregón con 33 mil 449 y 15 mil 735, respectivamente.
Mientras que Benito Juárez reportó 8 mil 663; Gustavo A. Madero, 3 mil 831, e Iztapalapa, 3 mil 752. Azcapotzalco, Xochimilco, Miguel Hidalgo, Tlalpan y Venustiano Carranza siguieron en la lista.
La subdirectora de Servicios al Público del Registro Civil, Adriana Morales Antonio, indicó que el artículo 117 del Código Civil de la metrópoli impide practicar inhumaciones sin autorización de las autoridades de esta dependencia.
“Los jueces se asegurarán suficientemente del deceso con el certificado expedido por un médico legalmente autorizado y la inhumación o cremación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la defunción, excepto en los casos de muerte considerada violenta”, explicó.
Además, señaló que el acta de defunción contendrá nombre, apellido, edad, ocupación y domicilio del difunto, así como su estado civil y, en caso de que estuviere casado o viudo, los datos del cónyuge.
Morales Antonio detalló que el documento generado por las autoridades capitalinas contendrá causa o enfermedad que originó la muerte, acorde a la información del certificado de defunción, y también el lugar donde se inhumará o cremará el cadáver.
Asimismo, refirió que la legislación obliga a dueños de hospitales, colegios y hoteles, además de administradores o directores de prisiones, a notificar al Juez del Registro Civil dentro de las 24 horas siguientes al deceso.
“En los siniestros como inundaciones e incendios, o en aquellos en los cuales no pueda reconocerse el cadáver, se formará el acta con los datos que suministren quienes los recogieron, refiriendo, en tanto sea posible señas, vestido y objetos que con él se hayan encontrado”, dijo.
Finalmente, apuntó que para el traslado de cuerpos a otras entidades se requerirá la autorización de la Secretaría de Salud y el juez del Registro Civil deberá emitir certificaciones con la leyenda “válido para traslado”.
Por lo que solicitó a la población que sufrió la pérdida de algún familiar o conocido a realizar todo trámite en las ventanillas de los juzgados del Registro Civil y a evitar la injerencia de gestores.
El acta de defunción es un documento legal que certifica el fallecimiento de una persona y, en su momento, será necesario en beneficio de los deudos para trámites sucesorios, cobro de seguros y pensiones, principalmente.
Para orientaciones ciudadanas al respecto se encuentra el número telefónico 56581111 de Locatel y la cuenta de Twitter @RCivilCDMX.