La senadora del Partido Verde por el estado de San Luis Potosí, Leonor Noyola Cervantes, aseguró que los padres de familia no tienen por qué pagar cuotas escolares en las escuelas públicas, toda vez que es una violación a la gratuidad de la educación impartida por el Estado y sobre todo ante la situación económica en la que se encuentran cientos de familias por la epidemia de COVID-19.
Por ello, presentó un exhorto en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para que las autoridades educativas de su estado y en especial a los directores de las escuelas primarias, secundarias y preparatorias del Municipio de Soledad de Graciano Sánchez cumplan con el mandato que les impone la Constitución Federal de respetar y garantizar el derecho humano y fundamental de acceso a la educación gratuita y consecuentemente permitan a los alumnos inscribirse al ciclo escolar 2020-2021 sin que tengan que pagar cuota alguna por cualquier concepto.
El documento presentado indica que existe evidencia de muchísimos casos en el Estado de San Luis Potosí, particularmente en el Municipio de Soledad de Graciano Sánchez, en las escuelas “Filomeno Mata”, “Vicente Guerrero” de la Comunidad de Rancho Nuevo, “Carlos Jonguitud Barrios” y “Jorge Obispo Hernández”, en donde, a cambio de la inscripción para el ciclo escolar que comenzará (2020-2021), se pide por cada niño la cuota de 600 pesos, y en el caso de que esa familia tenga más de una hija o hijo, se cobran 100 pesos más por cada niña o niño; y en el supuesto de que no se cubra la cuota de referencia, se niega la inscripción de los educandos, lo que traerá como consecuencia, sin duda, que las niñas y niños se queden sin acceso a la educación.
Por lo que insistió en que el costo del mantenimiento de las instituciones educativas de todo el país es responsabilidad del Estado, no de los padres de familia y de los alumnos, de ahí que no se debe obligar a los padres de familia a pagar cuotas escolares a cambio de la inscripción de sus hijos al nuevo ciclo escolar.
Recordó que en el numeral 7 de la Ley General de Educación estipula, por una parte, que la educación es gratuita, al ser un servicio público garantizado por el Estado, por otra parte, que se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación de este servicio en la educación que imparta éste; así como que no se podrá condicionar la inscripción, el acceso a los planteles, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos al pago de contraprestación alguna, ni afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los educandos.