Para abonar al combate a la corrupción en todos los frentes de la vida pública, el senador Gonzalo Yáñez propuso reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General del Notariado.
Al fundamentar la propuesta, el integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo señaló que es necesaria una ley de carácter general para que todo el país avance uniformemente en la construcción del Estado de derecho.
Gonzalo Yáñez resaltó la importancia de la función notarial en la consolidación de un Estado de derecho robusto, ya que esta facultad brinda seguridad jurídica a toda la población.
“Las y los notarios públicos cuentan con fe pública, la cual es necesaria para realizar diversos trámites en la vida, como escriturar una vivienda, crear una sociedad, realizar un testamento o simplemente, elaborar actas de fe hechos”, mencionó.
Actualmente, apuntó, el sistema notarial mexicano no está homologado, vulnerando el principio de certeza jurídica de los gobernados, ya que cada entidad federativa tiene su respectiva ley, por lo que existen 32 mecanismos de nombramiento de notarios, derechos y obligaciones.
Por ello, explicó que su propuesta, al expedirse la Ley General del Notariado, permitirá establecer los mecanismos para la obtención de la patente de notario, así como los derechos y las obligaciones de éstos que serán vigentes en toda la república.
“La corrupción es el problema que más aqueja a nuestra nación, por lo que debemos garantizar que sean los mejores perfiles los que obtengan su patente de notario”, sostuvo.
Gonzalo Yáñez enfatizó que es fundamental fortalecer el Estado de derecho en México, erradicando la corrupción, pero también creando mecanismos innovadores que minimicen el riesgo de que una persona cometa un acto de corrupción.
Al facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General del Notariado, contribuiremos al respeto del pacto federal y, a su vez, a la ciudadanía.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y posterior dictaminación.