El documento “Teletrabajo en el sector público” elaborado por la Dra. Carla Angélica Gómez Macfarland, investigadora de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, arrojó como resultado que si bien la pandemia obligó a las y los legisladores a reformar normativas para proteger los derechos de los teletrabajadores en el sector privado, la posibilidad de que las y los funcionarios públicos puedan trabajar a distancia quedó en la ambigüedad y sin certidumbre jurídica.
A nivel internacional, el estudio apunta que, de una muestra de países encuestados en 2022 (Canadá, EE. UU., Reino Unido, Nueva Zelanda, Italia, México, Australia, República Dominicana, Brasil y Colombia), Canadá tuvo “el porcentaje más alto de empleados gubernamentales que trabajan fuera de la oficina con un 70 %, mientras que 19% tiene un arreglo de trabajo híbrido”.
El mismo análisis señala que después de la pandemia, a pesar de que las y los servidores públicos retornaron a sus oficinas, en algunos países se optó por mantener las prácticas de trabajo flexibles, mientras que se mantuviera la productividad de la fuerza laboral.
El modelo de trabajo remoto (o teletrabajo) demuestra que la mayoría de las personas pueden realizar su trabajo eficiente, efectiva y confortablemente incluso cuando trabajan a distancia.
Para el caso mexicano, diversos autores encontraron evidencia estadística de que la satisfacción en el trabajo y el compromiso organizacional incrementaron la productividad de empleadas y empleados en sector público a través del teletrabajo durante la pandemia.
Al realizar un análisis comparativo, la Dra. Gómez Macfarland, encontró que hay elementos positivos y negativos de la implementación de teletrabajo en sector público. Entre los primeros se tiene que hay mayor eficiencia laboral, reducción de tiempo y gastos por traslados, satisfacción laboral en determinados casos y atención de compromisos familiares. En sentido opuesto, pudiera ver un aumento en jornadas trabajadas, burnout laboral, mezcla de vida privada con tareas laborales, aislamiento y poca socialización con colegas del trabajo.
La investigación del IBD, retoma unas recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para trabajo remoto en el sector público y las experiencias de casos internacionales de Estados Unidos, Canadá, Australia, Brasil, Ecuador, Costa Rica, Colombia y Argentina. Así también, en el caso mexicano, se consideraron las acciones tomadas por el Poder Ejecutivo Federal, así como los Acuerdos emitidos tanto en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, como en el Senado de la República.
El reporte del IBD concluye que está pendiente de estudio en comisiones, una iniciativa de la Senadora Alejandra Noemí Reynoso para reformar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, en cuestión de esta modalidad de trabajo y que incluye elementos como: concepto de teletrabajo, persona teletrabajadora, tecnologías de información y telecomunicación, relaciones laborales, condiciones de trabajo por escrito, obligación de incluir teletrabajo en reglamento interior, infraestructura para teletrabajo, obligaciones de trabajadores en esta modalidad, cambio de modalidad de presencial a teletrabajo, equilibrio de relación laboral de trabajadores en distintas modalidades (presencial y remota), derecho a la intimidad y desconexión, condiciones de seguridad y salud, entre otros.